Informe del Comité d'Espertos so l'aplicación de la Carta Européa de les Llingües Minorizaes.
Dellos artículos nos que se refier la situación del asturianu:
- 2. El instrumento de ratificación de España se especifica en el anexo I del presente informe. En el momento de la ratificación, el Gobierno español declaró que la parte III se aplica a las lenguas reconocidas como lenguas oficiales en los Estatutos de Autonomía de las comunidades autónomas del País Vasco, Cataluña, Islas Baleares, Galicia, Valencia y Navarra. En lo que respecta a la parte II, el Gobierno español declaró que se aplica a las lenguas amparadas por los Estatutos de autonomía de los territorios en los que éstas se hablan tradicionalmente.
- 10. Las lenguas regionales o minoritarias contempladas en la Carta en España son las reconocidas como lenguas oficiales en los estatutos de autonomía de las Comunidades autónomas del País Vasco, Cataluña, islas Baleares, Galicia, Valencia y Navarra.
- 11. El Gobierno español declaró que las lenguas protegidas por los Estatutos de Autonomía de los terrritorios en los que éstas se hablan tradicionalmente también se consideran lenguas regionales o minoritarias. El Comité de Expertos entiende que esta declaracion abarca asimismo las siguientes lenguas: el gallego en Castilla y León, el aragonés y el catalán en Aragón, el asturiano, el gallego-asturiano y el aranés. Estas lenguas están contempladas en la parte II de la Carta.
- 17. A nivel estatal, se informó al Comité de Expertos durante su visita en el terreno de la adopción del R.D. 905/2007 de 6 de julio (BOE de 19 de julio de 2007), que brinda la posibilidad de establecer el Consejo de las Lenguas Oficiales. El Comité de Expertos encomia a las autoridades españolas por esta medida tan positiva y les alienta a establecer el Consejo de las Lenguas Oficiales sin mayor dilación.
- 34. Las autoridades españolas informaron al Comité de Expertos en su segundo informe periódico que no se dispone de nuevos datos en relacion con los proporcionados en el informe anterior, es decir, desde 1991. De conformidad con las estimaciones facilitadas por la Academia de la Llingua Asturiana en 2002, esta lengua es utilizada por 350.000 hablantes.
- 35. El Comité de Expertos insta a las autoridades españolas a proporcionar datos oficiales actualizados.
- 64. Además, el Comité de Expertos reitera que la información relacionada con las lenguas contempladas en la parte II que había solicitado en su primer informe de evaluación no se ha proporcionado. Lo que parece sintomático y recurrente en lo que respecta a las lenguas contempladas en la parte II es la falta de una estrategia lingüística, de organismos y de medios financieros.
- 65. La atribución de competencias a las comunidades autónomas tiene muchas ventajas en el ámbito de la protección y promoción de las lenguas regionales o minoritarias.. su proximidad a las lenguas significa que puedenn tomarse medidas adaptadas a las circunstancias para reflejar la situación real de cada lengua. Sin embargo, como sucede en algunos casos, las comunidades autónomas pueden obstaculizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Carta. A este respecto, el Comité de Expertos recuerda que, con independencia del acuerdo que se haya alcanzado a nivel nacional en lo tocante a las competencias pertinentes, el Gobierno español sigue siendo responsable, en virtud del derecho internacional, de velar por la observancia de los acuerdos que ha ratificado.
- 87. En su informe anterior, el Comité de Expertos señaló que, en aquel momento, había una brecha entre la gran demanda social de un reconocimiento apropiado del lugar que ocupa el asturiano en Asturias y el hecho de que esta lengua aún no se hubiera reconocido como cooficial. El establecimiento de la cooficialidad allanaría el camino que para esta lengua se comtemplara asimismo en la parte III de la Carta, en virtud del modo en que se aplica el instrumento de ratificación español.
- 88. El Comité de Expertos subrayó en su informe anterior que el marco jurídico existente aseguraba en cierta medida la protección del asturiano, lo que corresponde a los compromisos contraídos en virtud de la parte III. Sin embargo, según los hablantes, la falta de cooficialidad obstaculizaba la protección y promoción efectivas de la lengua.
- 89. Según las autoridades, la falta de normalización y de una literatura escrita adecuada explicaba que el asturiano no fuera una lengua cooficial y, en el segundo informe periódico, las autoridades confirman que el proceso de codificación del asturiano aún no se ha concluído.
- 90. Sin embargo, durante la visita en el terreno, se informó al Comité de Expertos que la Academia de la Llingua Asturiana, que ha trabajado durante 22 años en este ámbito, había concluído la versión normalizada de la lengua (diccionario, gramática, nomenclatura de los topónimos). El Comité de Expertos encomia a la Academia de la Llingua Asturiana por su labor cualitativa y cuantitativa, así como por los progresos realizados con respecto al asturiano que está reconocido en la actualidad. Parece asimismo que existe un consenso social sobre el empleo de la lengua. En un estudio sociolingüístico realizado en 2002 se indicó que el 60 por ciento de la población quería que se estableciera la cooficialidad de la lengua y que ésta tuviera una mayor presencia en los medios de comunicación y estuviera disponible en todos los niveles de la enseñanza.
- 91. Asimismo, en los diferentes municipios, se han abierto oficinas para la normalización del asturiano a fin de establecer un contacto con los ciudadanos, particularmente en lo que respecta a los documentos oficiales que los ciudadanos necesitan cada día.
- 92. El comité de Expertos alienta a las autoridades a contemplar, en colaboración con los hablantes, las posibilidades de mejorar el nivel acutual de protección que ofrece el Estatuto de Autonomía.
- 110. En el primer informe, el Comité de Expertos consideró que las autoridades debían tomar medidas urgentes y firmes en varios ámbitos, como la enseñanza y los de comunicación.
- 111. Las autoridades españolas no han proporcionado información sobre la adopción de medidas firmes en estos ámbitos. Durante la visita en el terreno, se informó al Comité de Expertos que las grandes dificultades a las que se había hecho referencia en el primer ciclo de supervisión aún persistían. La normalización del asturiano constituye una mejor base para la adopción de medidas firmes a favor del asturiano.
- 112. El Comité de Expertos insta a las autoridades a proporcionar información en el próximo ciclo de supervisión sobre las medidas adoptadas por las autoridades, en particular en los ámbitos de la enseñanza y los medios de comunicación.